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2. LOS RIESGOS QUE ENGLOBA EL T-MEC PARA MÉXICO
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La Aprobación del T-MEC otorga más “certidumbre” a empresas contaminantes en México

 
Manuel Pérez Rocha Loyo

Investigador del Institute for Policy Studies, Washington D.C.

Con la aprobación del TLCAN 2.0, bautizado como el T-MEC, la 4T y el Senado mexicano otorgan mayores garantías a industrias extractivas y de combustibles fósiles contaminantes, y de paso le dan una mano a Donald Trump.

Con la aprobación del T-MEC por el Senado mexicano y del Congreso de Estados Unidos (hasta el momento de escribir este artículo faltaba el parlamento de Canadá),  Donald Trump se viste con una victoria, tras firmar un acuerdo que perpetúa los poderes excesivos de las corporaciones  contaminantes que seguirán impactando a comunidades mexicanas amenazadas por proyectos de industrias extractivas, incluyendo el petróleo, la minería y el gas.

El renovado tratado comercial está muy lejos de las demandas progresistas por un sistema alternativo que priorice los derechos humanos y los derechos de la naturaleza sobre los derechos corporativos, como lo propusimos en el reporte "Más allá del TLCAN 2.0".

Oficialmente llamado el Tratado México-Estados Unidos – Canadá, el renovado TLCAN incluye algunas tímidas mejoras para México, sobre todo en cuanto a los esfuerzos de la 4t de mejorar los estándares laborales, pero en el fondo sigue siendo un instrumento de poder para las grandes corporaciones transnacionales, lo cual contradice en gran medida la intención de la 4T de poner fin al neoliberalismo.  

Esto es particularmente evidente en las reglas del  T-MEC relacionadas con los derechos y privilegios de los inversionistas extranjeros. Uno de los aspectos más controvertidos del TLCAN original es que, en su Capítulo 11 de inversiones, permite a las corporaciones extranjeras demandar a los gobiernos en tribunales supranacionales (principalmente en el Centro Internacional de Arreglos de Disputas de Inversiones del Banco Mundial), exigiendo compensación por presuntas violaciones de una amplia gama de "derechos".

Las corporaciones han utilizado estas reglas repetidamente para exigir una “compensación” ante pérdidas o la más de las veces ganancias esperadas no obtenidos, debido a protecciones ambientales y otras leyes y regulaciones de interés público, que reducen el valor de sus inversiones. (Estas reglas a favor de los inversionistas extranjeros incluyen: trato nacional, restricciones a la expropiación directa e indirecta, prohibición de controles de capitales, prohibición de requerimientos de desempeño, trato justo y equitativo, plena protección y seguridad; todas estas interpretadas de la manera más discrecional por paneles de jueces sin necesidad de apego a ninguna norma o ley de derecho internacional). 

El Sierra Club, que es la organización ecologista más importante de Estados Unidos, con más de 2 millones de miembros, y una  de las opositoras más importantes del T-MEC, había exigido la eliminación completa del sistema de Solución de Disputas Inversionista – Estado  (ISDS, por sus siglas en inglés) por ser un "sistema legal ilegal e ilegítimo que favorece a notables corporaciones contaminantes como Chevron y ExxonMobil". En efecto, este sistema de una sola vía, es decir solo las empresas pueden demandar a Estados, pero no al revés, ha sido criticado fuertemente por organizaciones sociales y civiles desde los años 90. Sin embargo se perpetúa bajo los tratados de libre comercio y de inversiones.

Sierra Club y otras grandes organizaciones medioambientalistas de Estados Unidos emitieron una declaración conjunta contra el T-MEC, en la que advirtieron que el acuerdo "fracasó en eliminar esta clara claudicación ante las grandes empresas petroleras y de gas. Tal y como está escrito, el revisado acuerdo permitiría a las  corporaciones contaminantes demandar a México en tribunales privados (como el CIADI del Banco Mundial) si las nuevas políticas ambientales socavaran sus contratos gubernamentales para la perforación en alta mar, el fracking, los ductos de petróleo y de gas, refinerías u otras actividades contaminantes".

En efecto, el TLCAN y el renovado T-MEC son bastiones de un régimen de inversiones internacional que refleja la cruda asimetría en las reglas actuales en esta materia Permite que las corporaciones demanden a los gobiernos, por medio del mecanismo de ISDS, por cientos, e incluso miles de millones de dólares por pérdidas de ganancias potenciales. El sistema ISDS, arraigado en más de 3,000 tratados bilaterales de inversión y cientos tratados de libre comercio a nivel mundial, les da a los inversionistas extranjeros herramientas muy poderosas para socavar la autoridad de gobiernos, tribunales y organismos de derechos humanos cuando estos buscan proteger el ambiente y el interés público.

 

Cambios en el Régimen de Inversiones en el T-MEC

Aunque el T-MEC replica alrededor de un 90% del TLCAN, se dan grandes cambios con respecto al régimen de protección de inversiones. En efecto, con el nuevo Capítulo 14 de Inversiones y sus anexos se pasa de un régimen único de protección de inversiones bajo el capítulo 11 del TLCAN, a tres regímenes distintos de arbitraje en inversiones en América del Norte:

 

1. un régimen para Estados Unidos y Canadá en el que el arbitraje inversionista – Estado (ISDS) desaparece y la solución de disputas se limita a los tribunales nacionales o locales, o mecanismos de Estado a Estado (aunque es importante recalcar que muchas reglas substanciales de protección de inversiones se quedan igual);

2. otro régimen para México y Estados Unidos donde persisten las disputas de inversionistas contra Estados (ISDS), específicamente para Contratos Gubernamentales Cubiertos relacionados con los amplios sectores de ‘petróleo y gas, generación de energía, telecomunicaciones, transporte e infraestructura’, los cuales siguen estando sujetos a las todas las protecciones originales del Capítulo 11 del TLCAN;

3. y otro entre Canadá y México, no bajo el T-MEC, sino bajo el eufemísticamente llamado Tratado Amplio y Progresista de Asociación Transpacífico (CPTPP, por sus siglas en inglés) que está basado por completo en el modelo del antiguo Capítulo 11 del TLCAN, y que incluye a todos los sectores, incluyendo la destructiva minería.

Un avance en términos de soberanía para México es que el Anexo 14-D del  T-MEC (aplicable tan solo a México y Estados Unidos, y no entre este último y Canadá) impone nuevas limitaciones a las demandas por parte de los inversionistas. Por ejemplo, no se pueden hacer reclamos por ‘expropiación indirecta’, que es la regla utilizada por compañías para ser "compensadas" por las ganancias que esperaban tener y que una regulación gubernamental les impide. El Anexo 14-D también requiere que los inversionistas primero agoten los recursos legales nacionales antes de presentar un reclamo ante un tribunal supranacional.

 

Sin embargo hay otro anexo entre México y Estados Unidos en el T-MEC: el Anexo 14-E que preserva todas las protecciones de los inversionistas del TLCAN para disputas relacionadas con contratos gubernamentales relacionados con los amplios sectores de ‘petróleo y gas, generación de energía, telecomunicaciones, transporte e infraestructura’. Esta es una gama muy amplia e importante de sectores económicos que pueden demandar a México en el tribunales supranacionales, o seguir ejerciendo el llamado `efecto congelador´ (chilling effect, como se le conoce en inglés). En pocas palabras, significa entre otras cosas que le será imposible al gobierno actual o gobiernos futuros, realizar cualquier cambio a la reforma energética privatizadora. El Anexo 14-E no incluye el requisito de agotar los recursos legales nacionales antes de proceder a tribunales supranacionales.

Si bien la eliminación de mecanismos de resolución de disputas inversionista – Estado (ISDS) entre los Estados Unidos y Canadá es claramente positiva para esos países, las disposiciones fragmentadas de inversión del T-MEC representan un retroceso hacia el sistema de protección del inversiones neocolonial y originalmente asimétrico, en el que el ISDS se estableció principalmente para permitir a las grandes corporaciones de los países capitalistas centrales el demandar a los Estados de los países periféricos, o del  llamado ‘Sur Global’ en los centros imperiales como Washington D.C., donde se aloja el CIADI.

De hecho, los países ricos, o del ‘Norte Global’ están crecientemente en retirada o rechazando cada vez más el sistema ISDS en los acuerdos de comercio e inversiones entre ellos. Por ejemplo, la Unión Europea ha eliminado mecanismos ISDS con  Australia y Nueva Zelanda en su mandato para las negociaciones de un Tratado de Libre Comercio, mientras que han habido fuertes indicios de que un nuevo Tratado de Comercio Transatlántico entre Estados Unidos y la Unión Europea (TTIP por sus siglas en inglés) no requeriría de ISDS dado el "altamente evolucionado ‘Estado de derecho, sistemas jurídicos y tribunales sólidos en ambos lados del Atlántico’”. Mientras tanto, los países de la Unión Europea han comenzado a eliminar gradualmente los Tratados Bilaterales de Inversión entre ellos mismos, los cuales contienen el sistema ISDS.

En contraste, Estados Unidos y la Unión Europea claramente pretenden preservar los mecanismos para la protección de sus inversiones en el Sur Global.  Y el T-MEC es un ejemplo de ello. Es un error para México cuando ninguna compañía mexicana ha ganado un caso contra Estados Unidos o algún país europeo bajo el TLCAN o tratados bilaterales de inversión, respetivamente, pero México ha perdido muchos casos por cientos de millones de dólares y muchos más están pendientes por miles de millones de dólares (ver tabla adjunta). También se espera que en la renegociación actual del acuerdo comercial entre la Unión Europea y México, el TLCUEM, el sistema ISDS se introduzca a través del Sistema de Tribunales de Inversión diseñado por la UE, como lo advertimos en el reporte “Desenmascarados: Los derechos Corporativos en el Renovado TLC México – Unión Europea”.

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Casino del Extractivismo: las empresas mineras apuestan con la vida y la soberanía de América Latina usando el arbitraje supranacional

 

Sin duda, con el T-MEC y el Acuerdo Transpacífico (TPP), México seguirá siendo el blanco de demandas inversionista-Estado tanto de empresas de Estados Unidos como de Canadá. Como se demostró en nuestro informe "Casino del Extractivismo", durante las últimas décadas, y particularmente durante los últimos diez años, las compañías mineras han presentado docenas de demandas contra países latinoamericanos ante paneles de arbitraje supranacionales, exigiendo compensación por decisiones judiciales, políticas públicas, y otras medidas gubernamentales que arguyen que reducen el valor de sus inversiones.

La mayoría de estas demandas empresariales contra Estados surgen a partir de que las comunidades más afectadas por los proyectos extractivos se han estado organizando activamente para defender sus territorios, bienes naturales y derechos humanos. Para las  comunidades rurales e indígenas, estos proyectos extractivos son una amenaza para su tierra, salud, medio ambiente, autodeterminación y formas de vida.

Para las empresas extractivas, sin embargo, el acceso que los Tratados de Libre Comercio y de inversión les otorgan para  acudir al arbitraje supranacional, es una oportunidad para enriquecerse mediante temerarias apuestas dentro de un sistema donde las probabilidades están en su favor. Y en cambio, representa otra amenaza a la autodeterminación de las comunidades y a las pocas protecciones a las que pueden acudir a través de sus cortes nacionales, sistemas regulatorios y gobiernos locales para exigir que se respeten sus derechos humanos y hacer cumplir la ley.

 

En el primer año de la 4T, dos empresas mineras estadounidenses demandaron a México bajo el TLCAN por 4 mmdd

Desde que el TLCAN entró en vigencia en 1994, México ya ha tenido que pagar $ 242.94 millones de dólares a compañías bajo demandas inversionista – Estado (ISDS). Y esta amenaza va en escalada. El gobierno mexicano enfrenta actualmente demandas inversionista-Estado (ISDS) por un escandaloso total de $5 mil 970 millones de dólares. Dos de estas demandas pendientes han sido presentadas por compañías mineras estadounidenses cuyos proyectos no han sido aprobados por motivo de medidas de protección medioambiental; uno en Quintana Roo y otro en Baja California Sur.

Poco antes de que se hiciera público el texto del T-MEC (en inglés), la empresa estadounidense Legacy Vulcan LLC y su filial mexicana, Calizas Industriales del Carmen (Calica), presentaron un aviso de intención de demandar a México bajo el TLCAN por una disputa ambiental relacionada con la extracción de piedra caliza en el estado de Quintana Roo. La compañía está en conflicto con el municipio de Solidaridad (donde se encuentra la ciudad turística de Playa del Carmen), cuya planificación ecológica del uso del suelo ha impedido que la compañía extraiga en dos propiedades. La compañía siguió adelante con su amenaza, registrando en el CIADI su demanda contra México el 3 de enero de 2019 por $500 millones de dólares.

También a principios de 2019, la compañía minera Odyssey Mineral presentó otra demanda contra México bajo el TLCAN por no haber aprobado los permisos ambientales para su proyecto de extracción de fosfato del subsuelo marino frente a la costa de Baja California Sur, reclamando la exorbitante cantidad de $3 mil 540 millones de dólares. Las cooperativas pesqueras, los grupos de ciudadanos y las organizaciones medioambientales se han opuesto a este proyecto durante años debido a la amenaza para sus medios de vida y los ecosistemas de los que dependen.

 

El T-MEC reducirá los esfuerzos para enfrentar la crisis climática global

El T-MEC, como el TPP, no hace referencia alguna a la crisis climática global. Citando nuevamente a las organizaciones ambientales de los Estados Unidos unidas contra estos tratados: “Las consecuencias ambientales del T-MEC son muy reales. El acuerdo contribuiría a la crisis climática al ayudar a las corporaciones contaminantes a esquivar nuestras políticas climáticas a través de la subcontratación, dejando intacto el controvertido sistema de solución de controversias inversionista – Estado para los sectores más contaminantes en México ".

Es innegable que las compañías de petróleo,  gas y minería de Estados Unidos y Canadá (así como de la UE) tienen un interés clave en el mercado energético y extractivo  de México. El fortalecimiento de las protecciones de inversión bajo los nuevos acuerdos blindarán de manera permanente las reformas realizadas por el gobierno mexicano en 2013 permitiendo la privatización del sector energético. Los gobiernos mexicanos presentes y futuros encontrarán difícil revertir estas políticas sin el riesgo de ser demandados en los tribunales supranacionales de inversión. El riesgo de demandas por parte de las compañías de petróleo, gas y minería es muy real, ya que una proporción significativa (24%) del total de los casos de arbitraje supranacional inversionista-Estado, a nivel global, proviene del sector extractivo.

En conclusión, la aprobación del trumpista T-MEC es muy preocupante para todos los esfuerzos por enfrentar la crisis climática y salvar al planeta y a los pueblos de las industrias de combustibles fósiles y extractivas. Aunque desde la sociedad civil se realizaron foros trinacionales y muchos llamados y propuestas para realizar cambios prácticos a las reglas comerciales actuales (incluyendo el salvaguardar las iniciativas de protección del clima ante los desafíos del comercio; eliminar por completo el sistema de solución de controversias inversionista – Estado; entre muchas otras propuestas incluyendo la consagración de los derechos laborales, de los pueblos indígenas y de género), no existieron, en ninguno de los tres países del T-MEC, los espacios ni las consultas públicas para una discusión democrática, incluyente y participativa de estos temas.  

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