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3. DESAFÍOS EN EL COMBATE A LA VIOLENCIA DE GÉNERO
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Foto de Mayita via Wiki Commons

De la sanción a la prevención: los retos del sistema de justicia en materia de violencia contra mujeres y niñas en México

 
Tania Hernández Gordillo

Equis Justicia para las Mujeres A.C.

En México, mujeres y niñas viven altos niveles de violencia. Datos de la Encuesta Nacional sobre la Dinámica de las Relaciones en los Hogares (ENDIREH) indican que 66 de cada 100 mujeres mayores de 15 años ha experimentado al menos un acto de violencia de cualquier tipo (física, sexual, emocional, económica y patrimonial)[1]. Por otra parte, según cifras del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública (SESNSP), de 2015 a la fecha ha habido 3,200 feminicidios a nivel nacional, y solamente de enero a junio de 2019 se registraron 470 casos[2]. Asimismo, Save the Children afirma que, entre enero de 2018 y agosto de 2019, más de 150 niñas y adolescentes fueron víctimas de feminicidio en México[3].

 

A pesar de este escalofriante contexto, son pocas las mujeres que se atreven a denunciar ante el sistema de justicia y, cuando lo hacen, se enfrentan a altas barreras que desembocan en impunidad. Cada año, en promedio se presentan 150 mil denuncias por violencia de género, de las cuales, 11% resultan en investigaciones por parte del Ministerio Público. De éstas, únicamente 2.4% reciben sentencias condenatorias[4].

 

Como Equis ha señalado en diversos espacios, "las mujeres no denuncian los casos de violencia porque saben que las autoridades no van a responder favorablemente a las denuncias. Porque lejos de atenderlas, las van a criminalizar"[5]. La desconfianza que hay de las mujeres al sistema de justicia es alta, ya que en muchas ocasiones se encuentran no solamente con procesos lentos y poco claros, sino que además generalmente suelen ser revictimizadas[6].

 

 

Falta de políticas públicas integrales: el caso de las alertas de género

 

¿A qué se debe esta lejanía entre el sistema de justicia y las vivencias diarias de mujeres y niñas? ¿Por qué el Estado mexicano no ha sido capaz de dar una respuesta adecuada a las víctimas, y de garantizar su derecho a vivir una vida libre de violencia y a acceder a la justicia en condiciones de igualdad? A pesar de que se cuenta con un amplio marco normativo, así como con una serie de instrumentos de Derecho Internacional[7] que brindan una amplia protección en materia de igualdad y no discriminación, hoy todavía no contamos con políticas públicas integrales para la violencia de género, además de que la respuesta institucional se ha centrado en la atención, dejando de lado estrategias de prevención.

 

Un ejemplo de esto son las Alertas de Violencia de Género contra las Mujeres (AVGM), las cuales están establecidas en la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia (LGAMVL) y que consisten en un conjunto de acciones gubernamentales de emergencia para enfrentar y erradicar la violencia feminicida y la existencia de un agravio comparado que impida el ejercicio pleno de los derechos humanos de las mujeres.

 

Desde 2015, año en el que se emitió la primera declaratoria de AVGM, se han decretado en total 20 AVGM en 18 entidades[8] federativas en el país.

Si bien las alertas han sido consideradas como un mecanismo único en el mundo para atender situaciones de emergencia ante una situación de violencia extrema, su papel es responsivo antes que preventivo, además de que no han podido dar una respuesta adecuada.

Por ejemplo, se ha observado que no cuentan con recursos suficientes y, cuando sí los tienen, se usan en cosas como cursos de modelaje y talleres de cocina, que en poco o nada abonan para la prevención y atención de la violencia[9].

 

Por otro lado, en los últimos diez años, el Estado mexicano ha invertido millones de pesos[10] para capacitar al personal de las instituciones de justicia en materia de perspectiva de género. Sin embargo, el acceso restringido al contenido de las sentencias, así como la falta de mecanismos de evaluación y seguimiento, hace difícil saber si las capacitaciones han permitido mejorar el acceso a la justicia para las mujeres.

 

De hecho, desde Equis hemos documentado lo contrario: en el acceso a la justicia, los estereotipos, los prejuicios y sesgos de las y los jueces persisten[11].

 

Más aún, hay una clara insistencia en recurrir a las capacitaciones en derechos humanos y perspectiva de género para atender cualquier problemática relacionada con la escalada de violencia de género.

 

Tal es el caso de la Guardia Nacional, a la cual se insiste que se capacitará en estas perspectivas, cuando, en la práctica, hay evidencia de que la militarización de la seguridad pública ha incrementado la violencia contra mujeres y niñas en el espacio público[12]; además de que el mismo Ejército, la Marina, los policías, violentan a las mujeres[13]. Este es un problema que difícilmente se va a resolver con capacitaciones en perspectiva de género.

 

Otra figura importante en la prevención y atención de la violencia contra las mujeres han sido los Centros de Justicia para las Mujeres (CEJUM), que en su calidad de espacios integrales que concentran servicios interinstitucionales y especializados de atención con perspectiva de género para mujeres víctimas de violencia, sus hijas e hijos, requieren de fortaleza institucional, personalidad jurídica, presupuesto, personal y patrimonio propios.

 

Desafortunadamente, hemos constatado que, la mayoría de ellos, carecen de tales condiciones mínimas para operar eficazmente[14].

 

Tanto las AVGM, como las capacitaciones y los CEJUM son apenas una pequeña muestra del tipo de respuestas (fallidas e insuficientes) que el Estado ha ofrecido ante la grave crisis de inseguridad e impunidad, que se traduce en violencia exacerbada contra mujeres y niñas, de la que participan las propias autoridades, no sólo por omisión, sino por acciones deliberadas. Por más que se robustezcan los marcos normativos, que se creen nuevas instituciones o incluso que aumenten las penas[15], esto no es suficiente.

 

Desde la experiencia de Equis colaborando tanto con Poderes Judiciales Estatales como a nivel federal, así como del trabajo conjunto con otras organizaciones de la sociedad civil, hemos identificado diversos obstáculos para que el sistema de justicia responda de manera adecuada a las víctimas de las diversas violencias, como son:

 

  • Ausencia de diagnósticos y estadísticas con enfoque de género, que den cuenta de la dimensión de los problemas sociales y la forma en que deben ser invertidos los recursos para su atención.
     

  • Falta de mecanismos para la incorporación y aplicación de la perspectiva de género en el quehacer jurisdiccional.
     

  • Alta revictimización de las mujeres y niñas que viven violencia de género.
     

  • Falta de transparencia por parte de las instituciones de justicia.
     

  • Pocas sentencias incluyen perspectiva de género.
     

  • Ausencia de mecanismos alternativos de resolución.
     

  • Invisibilización de los sistemas de justicia comunitarios.
     

  • Inexistencia de medidas de reparación concretas, las cuales muchas veces se limitan únicamente a dar una compensación económica.
     

  • Falta de comprensión de las personas juzgadoras sobre qué es la perspectiva de género.
     

  • Escasa promoción de la participación de ciudadanía.
     

  • La labor de las personas juzgadoras muchas veces no está contextualizada a la zona geográfica y/o a la población a la que se dirige.

 

 

Algunas recomendaciones y desafíos que urge atender

 

Garantizar el acceso a la justicia de las mujeres y contribuir a la prevención, atención, sanción y erradicación de la violencia de género requiere de acciones y respuestas bien fundamentadas, estudiadas y diseñadas, así como propuestas que incluyan un enfoque preventivo más que reactivas. Y, sobre todo, es prioritario fortalecer a las instituciones de justicia; de lo contrario, animar a denunciar casos de violencias continuará siendo una invitación abierta a la revictimización. Necesitamos transitar hacia cambios estructurales para de hecho poder garantizar la vida y seguridad de las mujeres.  Esto implica fortalecer tanto la transparencia y rendición de cuentas por parte de las instituciones de justicia y la transversalización de la perspectiva de género en toda su actuación.

 

Asimismo, es fundamental la presencia de una sociedad civil fuerte, crítica y comprometida, sobre todo a nivel local, que acompañe y monitoree la actuación del sistema de justicia, más no que sustituya. Como se señala en la investigación de EQUIS sobre los CEJUM, “el monitoreo y la evaluación que se realiza desde la sociedad civil organizada (…) pretende fomentar la rendición de cuentas, valorando la eficacia del quehacer público, mediante la comparación de resultados con objetivos, y con el aprovechamiento de los medios y los recursos”[16].

Brindar una respuesta ante la violencia e impunidad que día a día viven mujeres y niñas en el país necesitamos comenzar a pensar en las instituciones de justicia no solamente como reactivas y punitivas, sino como un actor fundamental en la prevención.  Para que el sistema de justicia responda a las necesidades de las mujeres y niñas víctimas de la violencia de género es necesario pasar de la sanción a la prevención. Se requiere mirar la multiplicidad de violencias, cómo se relacionan, para identificar los espacios en los cuales las instituciones de justicia pueden intervenir, dejando atrás el populismo punitivo. Para transformar tanto las causas de fondo como garantizar la no repetición, Estado como sociedad civil necesitamos ver más allá del castigo.

[1] INEGI (2016). Encuesta Nacional sobre la Dinámica de las Relaciones en los Hogares (ENDIREH) 2016. Disponible en: https://www.inegi.org.mx/contenidos/programas/endireh/2016/doc/endireh2016_presentacion_ejecutiva.pdf; consultado en octubre de 2019.

[2] “14 datos de la violencia de género que explican el enojo de las mujeres”. Disponible en: https://politica.expansion.mx/mexico/2019/08/19/datos-sobre-violencia-contra-mujeres-mexico; consultado en octubre de 2019.

[3] “150 niñas fueron víctimas de feminicidio entre enero de 2018 y agosto de 2019”. Disponible en: https://www.contralinea.com.mx/archivo-revista/2019/10/11/150-ninas-fueron-victimas-de-feminicidio-entre-enero-de-2018-y-agosto-de-2019/; consultado en octubre de 2019.

[4] EQUIS: Justicia para las Mujeres, Grupo de Información en Reproducción Elegida e Instituto de Liderazgo Simone de Beauvoir. 51% Una agenda para la igualdad. Disponible en: http://equis.org.mx/wp-content/uploads/2018/07/51-Una-agenda-para-la-igualdad-2.pdf

[5] Entrevista con Viridiana Valgañón, Litigante de Equis Justicia para las Mujeres. Disponible en: https://www.facebook.com/EquisJusticia/videos/vb.207335659322626/724401698075407/?type=3&theater

[6] EQUIS: Justicia para las Mujeres, Grupo de Información en Reproducción Elegida e Instituto de Liderazgo Simone de Beauvoir. 51% Una agenda para la igualdad. Disponible en: http://equis.org.mx/wp-content/uploads/2018/07/51-Una-agenda-para-la-igualdad-2.pdf

[7] Por ejemplo,  Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer, (CEDAW), la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer (Belém do Pará) y la La Declaración de Acción de Beijing.

[8] Campeche, Colima, Chiapas, Durango, Estado de México (2), Guerrero, Jalisco, Michoacán, Morelos, Nayarit, Nuevo León, Oaxaca, Puebla, Quintana Roo, San Luis Potosí, Sinaloa, Veracruz (2) y Zacatecas. Véase: https://www.gob.mx/conavim; consultado en octubre de 2019.

[9] “Cursos de belleza, de panqués o de modelaje: dinero de la Alerta de Género paga muchas tonterías”. Disponible en: https://www.sinembargo.mx/14-10-2019/3660258; consultado en agosto de 2019.

[10] Según los análisis que hemos realizado, del 2008 al 2017 los poderes judiciales estatales han utilizado al menos 596 millones 614 mil 199 pesos en capacitaciones para fortalecer al personal en esta materia.

[11] En nuestro informe No Es Justicia (2019), encontramos que el 85% de jueces y juezas no toman en cuenta cómo las relaciones de poder y género influyen en los casos, y el 69% de los casos omitieron analizar las situaciones de riesgo o violencia en contra de las mujeres y no dictaron órdenes para su protección.

[12] Serie #DatosYViolencia. Disponible en: https://youtu.be/9A30JfSIy9E; consultado en octubre de 2019.

[13] Estefanía Vela, “¿Una milicia con perspectiva de género?” Disponible en: https://www.animalpolitico.com/blog-invitado/una-milicia-con-perspectiva-de-genero/; consultado en octubre de 2019.

[14] Equis Justicia para las Mujeres, CENTROS DE JUSTICIA PARA LAS MUJERES (CEJUM)Informe sobre el estado de la política pública a nivel nacional. Disponible en: http://equis.org.mx/wp-content/uploads/2018/02/Informe-CEJUM.pdf; consultado en octubre de 2019.

[15] Un ejemplo de esto es la inclusión del feminicidio en el catálogo de delitos que requieren prisión preventiva oficiosa. Véase https://www.milenio.com/policia/violencia-de-genero/prision-preventiva-oficiosa-genera-debate-torno-feminicidio; consultado en octubre de 2019.

[16] Equis Justicia para las Mujeres, CENTROS DE JUSTICIA PARA LAS MUJERES (CEJUM).  Informe sobre el estado de la política pública a nivel nacional. Disponible en: http://equis.org.mx/wp-content/uploads/2018/02/Informe-CEJUM.pdf; consultado en octubre de 2019.

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