
No se trata
solo de migrantes: se trata de nuestra humanidad
Mensaje de los obispos mexicanos con motivo del acuerdo entre México y los Estados Unidos en materia arancelaria y política migratoria
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1. MUJERES EN MÉXICO: SUS LUCHAS CONTRA TODAS LAS VIOLENCIAS Y DESIGUALDADES
1) Autoridades electorales frente a procesos extraterritoriales

Voto electrónico desde el extranjero, avance de nuestra democracia
Norma Irene de la Cruz Magaña
Consejera Electoral, INE
I. Antecedentes:
Hablar de la implementación de la modalidad de voto electrónico por internet y su funcionamiento implica recuperar parte de la historia y evolución del voto de la ciudadanía mexicana residente en el extranjero, a fin de tener un panorama más completo de donde venimos, en donde nos encontramos y hacia donde queremos ir.
En 2005 se reguló por primera vez el voto de las mexicanas y los mexicanos residentes en el extranjero, en aquel momento solo fue posible este ejercicio para la elección presidencial; la modalidad que se aprobó entonces fue la postal, misma que se aplicó en los procesos electorales federales de 2006 y 2012.
Más adelante, en 2014, hubo una importante reforma electoral mediante la cual se aprobó la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales (en adelante LGIPE), misma que se encuentra vigente. al día de hoy. Con esta reforma se modificó de manera significativa el voto desde el extranjero y con estas nuevas reglas se organizó el proceso electoral federal de 2018; entre las modificaciones más relevantes en la materia se encuentran las siguientes:
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Se ampliaron los cargos por elegir desde el exterior. De únicamente poder elegir desde el extranjero la presidencia de la república, ahora también se podrían elegir senadurías y gubernaturas/jefatura de gobierno en aquellas entidades que así lo prevén en sus legislaciones locales.
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Se posibilitó que la comunidad mexicana en el exterior pueda tramitar su credencial para votar desde el extranjero.
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Se facultó al Instituto Nacional Electoral (INE) para emitir los lineamientos que debe observar el mismo, como los Organismos Públicos Locales Electorales de las entidades federativas para garantizar el voto desde el extranjero.
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Se ampliaron las modalidades de registro y votación. No solo se contempló en la ley la vía postal, sino que las modalidades se ampliaron a efecto de incluir también la posibilidad de emitir el sufragio por vía electrónica.
En el proceso electoral federal de 2018, si bien ya se contemplaba en la LGIPE la posibilidad de emitir el voto por vía electrónica desde el exterior, solo se aplicó la modalidad postal. En el marco de estos antecedentes, el 26 de agosto de 2020 el Consejo General del INE aprobó las modalidades, mediante las cuales la ciudadanía mexicana residente en el exterior podrá emitir su voto en los procesos electorales locales 2020-2021 en aquellas entidades que reconocen la votación de sus oriundos desde el extranjero. Las modalidades aprobadas fueron la postal y la del voto electrónico por internet.
II. Relevancia y expectativas de la modalidad de voto electrónico por internet para las mexicanas y los mexicanos residentes en el extranjero
La diáspora mexicana ha buscado e impulsado a lo largo de los años la posibilidad de tener opciones efectivas de participación en la toma de decisiones del país. Con la aprobación de la modalidad de votación electrónica por internet se busca avanzar en la atención de un reclamo social legítimo, de quienes por diversas circunstancias residen fuera del territorio nacional, pero mantienen profundos vínculos con su tierra y un genuino interés en involucrarse y participar en la toma de decisiones públicas de su país de origen.
Esta será la primera vez que el INE habrá de implementar la modalidad de votación electrónica por internet, por lo que es difícil anticipar el alcance y aceptación que tendrá dentro de la comunidad mexicana en el exterior; no obstante, lo que sí sabemos es de dónde estamos partiendo y hacia a dónde queremos llegar.
La materialización del voto de nuestros connacionales en el exterior ha ido avanzando poco a poco en nuestro país. En el proceso electoral federal 2005 – 2006 se registraron para votar desde el exterior 40,876 personas, y se recibió un total de 32,621 votos; en el proceso electoral federal 2011 – 2012 se registraron para votar 59,115 personas, de las cuales se recibió un total de 40,714 votos y finalmente en el proceso electoral federal 2017 – 2018 se registraron 181,873 ciudadanas y ciudadanos para sufragar desde el exterior, de los cuales se recibieron un total de 98,470 votos para el cargo de la presidencia de la república (INE, 2018). Es importante contextualizar estos datos, a la luz de la información de fuentes como el Instituto de los Mexicanos en el Exterior (IME, 2018), que contempla un registro de 11,848,537 personas mexicanas que viven fuera del país, lo que muestra que aún hay mucho camino por recorrer.
Para 2021, la ciudadanía mexicana en el exterior no habrá de elegir ningún cargo de elección popular federal. Los cargos que podrán elegirse serán las gubernaturas de Baja California Sur, Chihuahua, Colima, Guerrero, Michoacán, Nayarit, Querétaro, San Luis Potosí y Zacatecas; así como la diputación migrante de la Ciudad de México y una diputación de Representación Proporcional en Jalisco. Se prevé que el universo de ciudadanas y ciudadanos oriundos de estas entidades federativas en el exterior asciende a 471,193 personas (IME, 2018), mismas que pueden desde el pasado 1 de septiembre hasta el 10 de marzo de 2021 registrarse en el sitio https://votoextranjero.ine.mx/ en la Lista Nominal de Electores Residentes en el Extranjero (en adelante LNERE) para poder emitir su voto. La meta es acercar la información sobre sus derechos político-electorales a estas personas a fin de incentivar su interés para que se registren y puedan votar en 2021.
Al ampliar las opciones de modalidades de votación se busca facilitar que aquellas personas que no se sienten afines o tienen limitantes en el uso de las tecnologías de la información, pueden encontrar en la modalidad postal una opción viable para emitir su voto; mientras que la modalidad electrónica podrá permitir que aquellas personas que decidan hacer uso de las tecnologías de la información, puedan desde sus teléfonos celulares, computadoras, o tabletas emitir su voto. Así, con la ampliación de modalidades de votación, se espera incentivar la participación de un mayor número de electores.
III. Funcionamiento y operación del Sistema de Voto Electrónico por Internet La LGIPE obliga al INE a asegurar que el voto por vía electrónica cuente con al menos los elementos de seguridad que garanticen:
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Que quien emite el voto, sea la o el ciudadano mexicano residente en el extranjero, que tiene derecho a hacerlo,
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Que la o el ciudadano mexicano residente en el extranjero no pueda emitir más de un voto, por la vía electrónica u otra de las previstas en esta Ley,
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Que el sufragio sea libre y secreto, y
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La efectiva emisión, transmisión, recepción y cómputo del voto emitido.
Estos requisitos se cumplen a cabalidad en función de que para darse de alta en la LNERE se tiene que comprobar la residencia en el exterior y si no se está inscrito en esta Lista Nominal, no se puede emitir el voto desde el extranjero, a su vez para entrar al Sistema de Voto Electrónico por Internet (SIVEI) es necesario llevar a cabo un proceso de autenticación mediante claves de acceso que se crean para cada elector en específico, con lo que se asegura que la o el ciudadano que emite el voto sea quien efectivamente cuenta con el derecho para hacerlo; una vez inscrito en la LNERE se elige la modalidad de votación, y se da de baja de la Lista Nominal de territorio nacional, así como de la modalidad que no haya elegido la persona, con lo que se imposibilita que el elector pueda emitir más de un voto.
Respecto a la secrecía del voto, el sistema desvincula de manera permanente e irreversible los votos cifrados de las y los electores, de tal forma que se obtiene una base de datos con los votos cifrados, sin que exista manera de vincularlos con las y los electores.
Adicional a lo anterior, la LGIPE establece también que el sistema habrá de:
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Ser auditable en cada una de las etapas de su desarrollo e implementación;
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Darle oportunidad a la o el votante de corroborar el sentido de su voto antes de su emisión;
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Evitar la coacción del voto, garantizando el sufragio libre y secreto;
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Contar con un programa de resultados electorales en tiempo real, público y confiable.
Para garantizar el cumplimiento de estos requisitos habría que considerar que el sistema está sometido a un proceso riguroso de auditoría por parte de dos instituciones externas en cada una de sus etapas. Los resultados de la primera etapa de la auditoría fueron entregados al INE recién en agosto y la segunda etapa en seguimiento a esta se llevará a cabo en 2021. Respecto a la oportunidad de corroborar el sentido del voto, antes de emitirlo, el sistema mostrará un mensaje de confirmación, mediante el cual, la persona podrá ratificar el sentido de su voto y, en su caso, rectificar.
Para asegurar la secrecía del voto y evitar la coacción, el sistema no permite que exista una vinculación del voto con la o el elector, evitando de esta manera que pueda existir una trazabilidad en la emisión del voto. Finalmente, en lo que refiere a contar con un programa de resultados electorales en tiempo real, público y confiable, es importante considerar que el resultado de la votación emitida en el extranjero será incluido en el Programa de Resultados Electorales Preliminares, mismo que es público, por lo que el SIVEI desarrollado por el INE cumple con los requisitos exigidos por la ley.
Dicho lo anterior, el proceso que habrá de seguir la ciudadanía que haya elegido la modalidad de votación electrónica por internet para emitir su voto, será el siguiente:
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La ciudadana o ciudadano residente en el exterior que quiera emitir su voto habrá de registrarse antes del 10 de marzo de 2021 en la LNERE y elegir la modalidad de votación electrónica por internet.
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Una vez conformada la LNERE, el INE generará una cuenta única de acceso al SIVEI para cada elector.
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Las claves de acceso al SIVEI, serán enviadas a través del teléfono móvil y correo electrónico proporcionados en la solicitud de registro a la LNERE.
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Para acceder al SIVEI se deberá ingresar el nombre de usuario y contraseña que fueron proporcionados y presionar el botón entrar.
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El SIVEI cuenta con un mecanismo de seguridad de doble factor que consiste en introducir un código de verificación único que se enviará al teléfono móvil de cada elector.
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Una vez dentro del SIVEI, se mostrarán las elecciones a las que la ciudadana o el ciudadano tiene derecho a participar de acuerdo a la entidad a la que pertenecen.
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Para facilitar el uso del sistema se mostrarán las instrucciones a seguir para emitir el voto, así como los teléfonos y datos de contacto del INE para comunicarse en caso de dudas.
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Posteriormente el sistema mostrará la boleta electrónica con las opciones que se pueden seleccionar.
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El Sistema no permite elegir candidata/os que no formen una coalición válida; asimismo permite a la ciudadanía emitir su voto para candidaturas no registradas o anular el voto de manera explícita.
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Una vez que se ha seleccionado la opción de voto, el sistema mostrará la elección de forma individual a efecto de corroborar que se eligió la opción deseada y en su defecto, regresar y corregir. De no haber necesidad de corregir se deberá oprimir el botón emitir voto.
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Al presionar el botón emitir voto, el sistema preguntará si se confirma o no el voto que está por emitirse, en el caso de elegir cancelar, se podrá regresar y corregir el voto, de lo contrario habrá de elegirse la opción de confirmar y con esta acción el voto será emitido.
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El SIVEI almacenará el voto de manera encriptada, segura y secreta; y mostrará el recibo de votación, mismo que no incluirá información relativa a la opción elegida en el voto, lo que hará este comprobante es corroborar que el voto se encuentra almacenado en el sistema. Este recibo de votación se enviará por correo electrónico y también puede descargarse desde el propio sistema.
A efecto de familiarizar a las y los electores que hayan elegido esta modalidad, se abrirá un periodo de socialización del SIVEI, mismo que será del 8 al 19 de mayo de 2021, periodo durante el cual se podrá entrar y hacer un ejercicio (simulacro) del proceso de votación, sin que se emita como tal el voto.
El 22 de mayo de 2021 a las 20:00 dará inicio el periodo efectivo de la votación, mismo que terminará a las 18:00 del 6 de junio de 2021, ambos horarios en tiempo del centro de México.
Cuando haya terminado el periodo de votación, se realizará el cómputo de los votos en un local único con presencia de un tercero con fe pública, representaciones de partidos políticos y candidaturas independientes, así como ciudadanas y ciudadanos acreditados como observadores electorales.
Existen razones suficientes que nos permiten confiar en el SIVEI, ya que este sistema facilita la emisión del voto desde el extranjero, utiliza mecanismos criptográficos que brindan un nivel de seguridad alto, permite una autenticación de dos factores, todas las acciones realizadas en el sistema se registran en una bitácora basada en blockchain y el sistema permite verificar en todo momento la emisión del voto.
IV.- Visión a futuro
Actualmente la mayoría de las y los mexicanos, al encontrarse en territorio nacional, ejercen el voto de manera presencial, lo que implica acudir en un día determinado por la ley a la casilla electoral correspondiente para emitir su voto en una boleta física depositada en las urnas, que luego es contada por otras y otros ciudadanos y se suma a los resultados electorales; únicamente la ciudadanía mexicana residente en el exterior podrá votar de manera diferenciada mediante las modalidades postal y electrónica por internet en el próximo proceso electoral.
Contextos derivados de situaciones como la pandemia por COVID–19 nos obligan a explorar y analizar diversas opciones que permitan otras maneras de participación electoral y, en particular, la forma de emisión de voto en territorio nacional. El ejercicio de votación electrónica por internet para la ciudadanía residente en el extranjero en estos procesos electorales locales 2020–2021 nos permitirá tener una visión más amplia de su eficiencia, capacidad y alcance, con miras a analizar su viabilidad en la implementación de esta modalidad en territorio nacional en un futuro, de la mano con el poder legislativo y de cara a la realidad del país.
Referencias:
Instituto Nacional Electoral, 2018 (INE 2018), Voto de los mexicanos residentes en el extranjero, consultado en: http://www.votoextranjero.mx/web/vmre/historico el 8 de septiembre de 2020.
Secretaría de Relaciones Exteriores, Instituto de los Mexicanos en el Exterior, 2018 (IME 2018), Población mexicana en el mundo - Estadística de la Población Mexicana en el Mundo 2017, consultado en: http://ime.gob.mx/estadisticas/mundo/estadistica_poblacion_pruebas.html#:~:text=Una%20de%20las%20prioridades%20del,los%20Estados%20Unidos%20de%20Am%C3%A9rica. el 8 de septiembre de 2020
Información adicional en: http://www.votoextranjero.mx/