top of page
2. SITUACIÓN DEL ESTADO DE DERECHO Y ALGUNOS RIESGOS
Arturo_Sánchez_foto_de_Newsweek.jpg

Foto de Newsweek

Ley Bonilla: democracia y tentaciones autoritarias

 
Arturo Sánchez Gutiérrez

Decano de la Escuela de Gobierno y Transformación Pública. Tecnológico de Monterrey

En un discurso pronunciado en Nueva Delhi en febrero de 1999, Amartya Sen insistía en la complejidad de la democracia por las exigencias que demanda. “No se debe identificar la democracia únicamente con el gobierno de la mayoría”, insistía Sen, “La democracia implica exigencias complejas, que incluyen el voto y el respeto hacia los resultados de las elecciones, pero también implica la protección de las libertades, el respeto a los derechos legales y la garantía de la libre expresión y distribución de la información y crítica” (Ver Journal of Democracy, julio de 1999, vol. 10, número 3, pp. 3-17, The John Hopkins University Press and National Endowment for Democracy).

En efecto, la democracia no se entiende sin el respeto a la legalidad. Por eso, la legalidad es uno de los principios rectores que definen el comportamiento de las autoridades electorales. La condición de mayoría de un gobierno no lo faculta, ni a violar la ley, ni a romper los principios generales del derecho en beneficio de nadie, en particular en beneficio del mismo grupo en el poder. No importa cómo se conformen las mayorías, si por el peso relativo de un solo partido o por la alianza entre varias fuerzas políticas. Violentar la ley, especialmente en la arena electoral, es pegarle en la línea de flotación a la democracia misma. Por eso tiene razón Amartya Sen al referirse a la complejidad de la democracia: se requiere, entre otras cosas, el respeto a los derechos legales. Lamentablemente la denominada “Ley Bonilla” es un claro ejemplo de lo que no debe ocurrir en una democracia.

Intentos que precedieron a la elección estatal

La historia es muy simple: en aras de hacer concurrir las elecciones federales con las locales, se reformaron varias leyes y constituciones de los estados de la República. Ello generó que algunos estados tuvieran un período de gobierno menor a los seis años establecidos regularmente. Para empatar las elecciones, gobiernos como el de Veracruz y el de Puebla redujeron un período a dos años o menos, para que el siguiente gobernador fuera electo en concurrencia con las elecciones federales. La forma legal de realizar ese cambio fue escribir un Artículo Transitorio en la Constitución de la entidad para proceder en consecuencia. Ese fue el caso en Baja California.

Al acercarse la elección en Baja California, se precipitaron un conjunto de acontecimientos que dejaron ver la intención de violentar la ley y modificar el texto asentado en la Constitución del estado. Los intentos de MORENA por ampliar el siguiente período de gobierno de dos a cinco años empezaron antes de la elección. Por principio recurrieron a la autoridad electoral local y al Tribunal Electoral del estado. Pero fue la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación la que emitió una sentencia estableciendo la no procedencia de dicho intento. Desde el punto de vista jurídico, era evidente que la elección había sido convocada bajo normas muy claras y que los actores habían preparado sus estrategias apegándose a dichas reglas. Modificarlas a la mitad del camino significaba cambiar el tipo de cancha en el que algunos jugadores ya habían empezado a jugar.

En pocas palabras, para los contendientes, ni la selección de los candidatos, ni la estrategia de campaña, ni la adquisición de propaganda hubiera sido lo mismo si desde un principio se hubiera decidido que la competencia era por cinco y no por dos años. Adicionalmente, antes de la elección las encuestas ya habían empezado a circular y había un claro favorito: el candidato de MORENA, Jaime Bonilla. Hasta ese momento, el riesgo de cometer un atropello como el que se intentó parecía estar en manos de las instituciones de la democracia, el órgano electoral de la entidad y la Sala Superior del Tribunal Electoral. En la opinión pública no se trataba más que de una intentona de un candidato que sabía de las posibilidades de su triunfo y quería quedarse más tiempo en la silla de la gubernatura. De haber procedido, se habría tratado de un gran fraude a la ley y las autoridades electorales habrían sentado un terrible precedente, por encima de la constitución local. Habría tenido que intervenir la corte por la eventual inconstitucionalidad de la medida y se habría corregido el rumbo. Eso no fue necesario. La elección se realizó con las leyes correctas.

Precedentes graves que se establecen de consumarse la ampliación del periodo

Sin embargo, después de la elección MORENA buscó un nuevo camino para ampliar el período de Jaime Bonilla de dos a cinco años. En este caso se recurrió al Congreso Local para que modificara la Constitución y el gobernador ya electo pudiera permanecer cinco años en el poder. A todos los agravantes de la intentona anterior, se suma la violación al principio de que una legislatura se puede legislar ad hoc, es decir, para beneficiar o perjudicar a un actor en particular. Una vez más, no importa cómo se construyó la mayoría que permitió que este nuevo atropello ocurriera. Sin importar los principios jurídicos, los legisladores bajacalifornianos modificaron la Constitución, se obtuvo la aprobación de los municipios del estado y solo falta que la reforma se publique en el Diario Oficial del estado para que sea válida.

El precedente que se sienta en este caso es muy importante: si procediera el caso, un gobernante podría argumentar que su mandato puede extenderse, independientemente de lo que diga la Ley, siempre que se configure una mayoría que lo avale. Justo para evitar este tipo de abusos es que no es válido legislar a favor o en contra de un actor en específico, como lo sería el señor Bonilla en este caso. Igualmente sería inválido que una nueva mayoría de oposición en un Congreso Local, decidiera reducir el tiempo de mandato de un gobernador. Pero el otro precedente es el simple hecho de que una fuerza política realice una modificación de este tipo. Pareciera que, en contra de los que afirma Amartya Sen, en México impera simplemente la mayoría y la democracia se reduce a eso: manda el que tiene más votos, sin importar lo que diga la ley.

Sin embargo, el asunto sigue abierto, pues no ha concluido el trámite legal de la reforma y no se ha publicado en el Diario Oficial. Cuando ello ocurra, se iniciarán otros procedimientos jurídicos en contra de la reforma del Congreso Local. Será el momento de la Suprema Corte. La expectativa es que los ministros de la Corte echen por tierra el fraude a la ley que se pretende realizar, se dé validez al gobierno de Bonilla por dos años y asunto resuelto. Sin embargo, los procedimientos y los tiempos podrían generar que incluso la Suprema Corte tuviera dificultades para toma una decisión. Una primera realidad es que Jaime Bonilla recibió una constancia de mayoría que lo faculta para tomar posesión como gobernador por un período de dos años. Esa Constancia tendría que ser modificada si procediera la ampliación del mandato. En segundo lugar, la Cámara de Diputados Local está deliberadamente retardando la publicación, para impedir que se inicie un procedimiento ante la Corte. Cuando ocurra (muy cerca de la toma de posesión del nuevo gobernador, habría muy poco tiempo para emitir una sentencia). El debate entonces consistiría en determinar si la Corte puede revertir la aplicación de una ley con los hechos consumados. Si no fuera así, aunque los ministros estuvieran en contra de la reforma realizada, su sentencia ya no tendría efecto alguno. Esto generaría un conjunto aún más grave de precedentes legales que vulnerarían nuestro sistema en su conjunto. Se abriría la puerta para que cualquier mayoría legislara arbitrariamente con base en su número de votos, aunque el principio de legalidad quedaría anulado.

Por si fuera poco, en aras de legitimar su decisión y ante las críticas recibidas, el Congreso Local propuso realizar una consulta ciudadana para determinar si el gobernador debe quedarse dos o cinco años. Una vez más se colocan principios extralegales ante la legislación vigente. La Constitución de Baja California considera la figura del referéndum, no la de una consulta. Pero en todo caso, aún en el hipotético caso de que “el pueblo” aprobara en una consulta que Bonilla gobernara cinco años, el precedente que en este caso se estaría estableciendo es aún más grave: en cualquier momento una consulta extralegal podría arrojar un resultado por encima de la ley y de las instituciones y modificar todo el sistema jurídico, eliminando la certeza de la ley a las mayorías que se generaran en cualquier momento.

Este enredo deberá resolverse durante septiembre. Cualquier solución que no sea dejar a Bonilla solo dos años en la gubernatura, constituiría un atentado contra nuestra democracia y haber puesto las bases para el desarrollo de las tendencias autoritarias, producto de elecciones libres en las que un partido ganó, generó mayorías, pero lamentablemente no habría entendido lo que significa la democracia. Amartya Sen sigue teniendo razón: “No se debe identificar la democracia únicamente con el gobierno de la mayoría”.

bottom of page