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1. Refugio y acogida humanitaria: respuestas necesarias ante los éxodos actuales

Foto de Yael Weiss

Un retrato del gobierno mexicano a través del lente migratorio

 
Xiomara Peraza Torres

Iniciativa Ciudadana para la Promoción de la Cultura del Diálogo

 

 

 

Lo que está ocurriendo en la actualidad con el tema migratorio en México retrata en buena forma al gobierno en turno y su actuación en los diversos ámbitos de una realidad muy compleja, que no surgió de la noche a la mañana. Puede decirse que muchos retos de nuestros días fueron heredados del pasado en buena parte. Sin embargo, no puede negarse que en el sexenio actual se ha carecido de las herramientas y la visión para afrontar diversos desafíos.

Pongamos nuestra atención en los flujos migratorios, en los grupos de personas extranjeras que atraviesan México para llegar a la frontera sur de Estados Unidos de América (EUA) con la esperanza de encontrar mejores oportunidades de vida para sus familias. En su mayoría, estas personas huyen de la violencia y de la inseguridad que afecta a sus países de origen, de la falta de empleo o de las políticas implementadas por gobiernos autoritarios. En su paso por territorio mexicano, muchas de estas personas se enfrentan con una política basada fundamentalmente en la contención migratoria.

La estrategia ha sido la misma por años, por décadas, como han documentado especialistas en el tema (1). ¿En qué consiste la contención migratoria? Se trata básicamente de impedir a las personas extranjeras su libre tránsito por el territorio nacional en el caso de que no hayan acudido a los procedimientos oficiales para su internamiento en México. En los hechos, esto ha significado, durante la administración del presidente Andrés Manuel López Obrador, el uso de cuerpos policiales y militares, desplegados en grandes números tanto en las fronteras (sur y norte) como en el interior del territorio (una larguísima “frontera vertical”).

Militarización de la política migratoria

La militarización se ha convertido en un pilar de la política migratoria durante este gobierno. Esta es la primera característica que retrata al Ejecutivo actual y su decisión de resolver diversos problemas con el uso de fuerzas militares. En cuanto a la contención migratoria, el informe “Bajo la bota” de la Fundación para la Justicia y el Estado Democrático de Derecho (FJEDD) concluye que la intervención militar aumentó de la siguiente forma: en 2019 había 8,715 miembros de las Fuerzas Armadas en tareas migratorias en las fronteras norte y sur, mientras en 2022 la cifra se triplicó y llegó a más de 28,500.

La misma fórmula está aplicando el presidente López Obrador para enfrentar la inseguridad y la violencia del crimen organizado (2). Con decretos ejecutivos y otras medidas, se ha extendido la presencia del Ejército y Marina en las calles, permitiendo que lleven a cabo tareas de seguridad interna.

Mediante un decreto de reforma constitucional, aprobado en marzo de 2019, se regularizó la militarización por cinco años, hasta 2024. El mismo decreto permitió la creación de la Guardia Nacional en sustitución de la Policía Federal. La Guardia Nacional está bajo mando militar y subordinada al Ejército. Una nueva reforma constitucional extendió una vez más la presencia militar en las calles hasta 2028.

Deben mencionarse también algunos intentos y esfuerzos por brindar protección a la población que transita por México, aunque el énfasis haya estado desde hace más de un siglo en el control de fronteras y restricción de entradas (3). Por ejemplo, en 2008 la migración indocumentada se descriminalizó (dejó de ser un delito con pena de cárcel y pasó a ser una falta administrativa). Otros instrumentos importantes para la protección de las personas en tránsito por México se publicaron y reglamentaron entre 2011 y 2012: la Ley sobre Refugio, Protección Complementaria y Asilo Político, y la Ley de Migración, además de la reforma constitucional en materia de derechos humanos. En 2014 se puso en funcionamiento el Programa Especial de Migración y se publicó la Ley General de Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes. Existen también normativas que garantizan sus derechos a estas personas y algunos ejercicios de armonización de leyes locales en materia migratoria. Las leyes mexicanas lastimosamente prevalecen en muy pocos casos. 

En otro plano de análisis, podemos mencionar ahora el nivel de la política internacional dado que el tema migratorio debería obligarnos a tener un enfoque más amplio referido a lo que se ha dado en llamar el corredor migratorio de Centroamérica-Norteamérica (otros análisis hablan de un corredor mucho más extenso que se observa en la crisis que también afecta a varios países de América del Sur).

Subordinación de la política migratoria mexicana a Estados Unidos

En lo que corresponde a México, baste por ahora enfocarnos en las políticas que ha desplegado en conjunto con el gobierno de Estados Unidos, que no han sido precisamente producto de un diálogo entre iguales ni se ha puesto en el centro los intereses de la población en movilidad. Y esta es una segunda característica que retrata al gobierno actual, su subordinación a lo que dicta la administración estadounidense en turno (en materia de migración y en otras más).

El Ejecutivo mexicano comenzó siendo parte del engranaje de la política antiinmigración de Donald Trump y siguió esa misma ruta al asumir Joe Biden la presidencia del vecino país. Eso ha sido notorio en la coyuntura actual, marcada por el fin de la aplicación del Título 42 por el gobierno de Estados Unidos (4). Por tres años, dicho país ha empleado las normas que establece el Título 42 para controlar e intentar detener los flujos migratorios desde el sur. Mediante estas normas, Estados Unidos expulsó de su territorio a miles de migrantes aludiendo a la emergencia sanitaria provocada por la pandemia de Covid-19.

A partir del 11 de mayo de este año, concluye la emergencia sanitaria y, en ese contexto, el gobierno de EUA ha anunciado que habrá “nuevas medidas contundentes para seguir reduciendo la migración ilegal en el Hemisferio Occidental, ampliar de manera significativa las vías legales de protección y facilitar el procesamiento seguro, ordenado y humano de las personas migrantes” (4).

En la misma línea, ha advertido que el fin de la emergencia sanitaria “no implica que la frontera esté abierta. Cuando se levante la orden del Título 42 el día 11 de mayo a las 23:59 horas, Estados Unidos volverá a usar las autoridades migratorias conforme al Título 8 para procesar de manera expedita y expulsar a personas que lleguen a la frontera estadounidense de forma ilegal”.

Así lo han dictado las autoridades de Estados Unidos, mientras en México predomina la incertidumbre sobre las implicaciones que tendrá tal medida en suelo mexicano. En todo caso, sí puede afirmarse que las decisiones de Estados Unidos definitivamente tienen repercusiones y así ha sido desde el inicio de la gestión de López Obrador.

Como muestra un botón: el programa “Quédate en México” (o Migration Protection Protocols, MPP, por sus siglas en inglés) que entró en vigencia en 2019. Mediante este programa, México acordó con el gobierno estadounidense aceptar que solicitantes de asilo en EUA esperaran sus casos del lado mexicano (5). Este acuerdo marcó al gobierno mexicano, a su política migratoria en específico y a su relación bilateral. Como se ha afirmado, “fue la primera negociación migratoria entre la recién instaurada administración de Andrés Manuel López Obrador con la administración de Donald Trump, que estaba bajo presión de firmar un acuerdo de tercer país seguro y que finalmente optó por aceptar a MPP” (5). Después de esa primera negociación en asuntos migratorios, se han sucedido múltiples concesiones ante la administración estadounidense en turno.

Más recientemente, un comunicado de la Presidencia de México ante las medidas anunciadas por Estados Unidos, respecto al Título 42 referido líneas arriba, decía lo siguiente: “México continuará aceptando de regreso a migrantes bajo motivos humanitarios”. Al respecto, varias organizaciones expresaron su consternación por la postura mexicana en el entendido de que, contrario a la práctica del gobierno mexicano antes de 2019, “México seguirá aceptando personas migrantes no mexicanas retornadas por el gobierno estadounidense, esta vez bajo el Título 8 de la ley estadounidense (es decir, personas deportadas por el sistema de inmigración de Estados Unidos)”.

La política exterior mexicana no ha cambiado con los años. En el caso de la política migratoria, se ha confirmado el patrón de conflicto y cooperación con Estados Unidos. No sorprende entonces que, cuando surge un conflicto, ambos gobiernos muestren públicamente sus deseos de negociar y alcanzar “entendimientos satisfactorios” (6). Sin embargo, ha quedado claro que el Ejecutivo mexicano ha tenido que ceder muchas de las veces en cuestiones de migración y seguridad al tiempo que consigue garantizar el libre comercio, lo que revela su lado más pragmático en términos de la relación bilateral.

Un combate a la corrupción a medias

En este retrato del gobierno mexicano, también caben otras aristas como el combate a la corrupción, un tema que dominó la campaña con que fue electo el actual presidente y que ha sido bandera de su administración. Al respecto, en el tema migratorio puede mencionarse el incendio de una cárcel administrada por el Instituto Nacional de Migración en Ciudad Juárez, donde murieron 40 personas migrantes de distintas nacionalidades el 27 de marzo pasado. Además del saldo humano trágico, las investigaciones posteriores de ese hecho han revelado irregularidades en los procedimientos y actuación del INM en este caso.

Hasta ahora, la Fiscalía General de la República ha procedido penalmente contra varios funcionarios incluido el director del INM, Francisco Garduño, “por incumplir obligaciones de vigilar, proteger y dar seguridad a personas e instalaciones a su cargo”.

Los funcionarios han comparecido ante jueces federales por este hecho, sin embargo varias organizaciones de la sociedad civil han denunciado que continúan en sus cargos tomando decisiones pese a las denuncias de reticencia y alteración de información por parte de la Oficina de Representación del INM en Chihuahua.

Además, está en duda la voluntad del Estado por aplicar la justicia debida, pues Garduño y otro alto funcionario del INM son acusados de ejercicio indebido de servicio público y se ha señalado que deberían ser enjuiciados por los delitos de homicidio y lesiones, dado que eran garantes de la vida y salud de las personas que estaban en la estación migratoria donde sucedió la tragedia.

Las respuestas del gobierno mexicano al tema migratorio se han quedado cortas en lo que va del sexenio, pero sí han sido congruentes con su actuar en varios frentes de la compleja realidad con la que ha tenido que lidiar.

 

Referencias: 

(1) Calva Sánchez, Luis Enrique y Eduardo Torre Cantalapiedra. (2020). Cambios y continuidades en la política migratoria durante el primer año del gobierno de López Obrador. En Norteamérica, vol.15, no.2. https://doi.org/10.22201/cisan.24487228e.2020.2.415 

(2) Centeno, Ramón. (Noviembre 17, 2022). ¿Cómo entender la militarización de México en la presidencia de AMLO? https://blogs.lse.ac.uk/latamcaribbean/2022/11/17/militarizacion-mexico-presidencia-amlo/

(3) Arias, Adriana. (2019). La política migratoria en México. En Foreign Affairs Latinoamérica. https://revistafal.com/la-politica-migratoria-en-mexico/

(4) DHS. (Abril 28, 2023). Hoja informativa: El Gobierno de EE. UU. anuncia nuevas medidas contundentes para gestionar la migración regional. https://www.dhs.gov/news/2023/04/28/hoja-informativa-el-gobierno-de-ee-uu-anuncia-nuevas-medidas-contundentes-para

(5) Kuhner, Gretchen. (2023). Las políticas migratorias de EUA y México, apuestas por la contención de la migración y del asilo. En Revista Brújula Ciudadana 147.​

https://www.revistabrujula.org/b147-politicas-migratorias-eua-y-mexico-apuestas-por-contencion-migracionydelasi

(6) Velázquez Flores, R. (2022). La política exterior de México bajo una administración de izquierda: cambios y continuidades 2018 2021. Revista de Relaciones Internacionales de la UNAM, (141). https://revistas.unam.mx/index.php/rri/article/view/82489

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