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2. RUTAS HACIA LA NECESARIA REFORMA DE LA JUSTICIA PENAL MEXICANA
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Foto de Ramón Tecólt González

Dialogar con las víctimas y sus familiares: la construcción de una agenda de seguridad y justicia en México

 
Simón Hernández León

Coordinador de la licenciatura en Derecho.

Universidad Iberoamericana, Puebla.

“El Estado es responsable no sólo de llevar a cabo políticas y prácticas de investigación y de justicia, sino que para ello tiene que generar una actitud de colaboración con las víctimas y dar muestras de credibilidad frente a un clima instalado de distancia y desapego frente a las instituciones. Romper ese clima y distancia, que tiene probablemente raíces históricas muy profundas y prácticas en el modo de actuar de ciertas élites políticas o condiciones estructurales de pobreza y exclusión social, es una condición básica de la democracia”.

Grupo Interdisciplinario de Expertos Independientes (GIEI).

En enero pasado se difundieron una serie de propuestas en materia de seguridad y justicia, supuestamente impulsadas por la Fiscalía General de la República, centradas en dotar de mayores capacidades a la Fiscalía, ampliar el régimen de delincuencia organizada, reintroducir el arraigo, establecer jueces designados por el Senado en una jurisdicción especializada para a jueces federales, entre otras. Este paquete de iniciativas, que no fue reconocido como legítimo por las instituciones, generó una serie de cuestionamientos desde las organizaciones de la sociedad civil y la academia.

Posteriormente, y para atajar las críticas, el presidente de la República, Andrés Manuel López Obrador, anunció que el Poder Ejecutivo enviaría una iniciativa para mejorar el sistema de justicia y la seguridad, lo que fue refrendado por la secretaria de Gobernación, Olga Sánchez Cordero, quien manifestó -en el acto de conmemoración de la promulgación de la Constitución de 1917- que no habría cabida a reformas que implicaran el retroceso en materia de derechos humanos.

Una semana después, el ministro presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, presentó una propuesta de reformas enfocada en la transformación orgánica del Poder Judicial de la Federación, la que fue recibida de forma positiva. Sin embargo, las propuestas en materia de seguridad, procuración de justicia y del sistema penal no han sido presentadas al Senado, por lo que se desconoce su contenido. El presente artículo busca plantear un horizonte y la ruta que deben considerar las futuras reformas.

 

Reformas de seguridad y justicia ¿para quién?

En su modelo ideal, los sistemas de justicia tienen un propósito genuino y profundo de restitución del daño, de los equilibrios en la sociedad y de reparar a la parte afectada. Sin embargo, históricamente su funcionamiento se ha alejado de una de los actores. Relegadas a un papel de observadoras, las víctimas y sus familiares debieron esperar por mucho tiempo para poder ser escuchadas en un proceso o poder presentar por sí mismas, un recurso. El Estado que representaba sus intereses terminó por convertirse en una entidad que reflejaba muy poco sus sentires y necesidades.

En el fondo de las justificaciones de las reformas, se afirma la necesidad de fortalecer las capacidades del Estado y sobre todo del Ministerio Público para ser más eficaz. ¿Las víctimas y sus familiares quieren fiscalías robustecedoras en sus facultades? No es seguro. De hecho, muchos movimientos organizados de familiares como los de personas desaparecidas tiene una opinión desfavorable y crítica hacia el poder de las fiscalías y su desempeño.

En otros casos, desde la academia, particularmente en contextos graves de violaciones de derechos humanos y de estructuras arraigadas de impunidad, se han planteado propuestas de modelos de justicia transicional, lo que conduce a colocar los énfasis de la reflexión entre la verdad o la justicia y a analizar la experiencia comparada. Sin embargo, ¿qué es lo que quieren las víctimas en México? Reconocer la necesidad de colocarlas en el centro de la definición de cualquier política y ajuste al sistema de justicia es una condición imprescindible, no solo como expresión de legitimidad política o de buena voluntad, sino como un elemento de construcción con y desde las personas cuyas vidas han sido afectadas por el delito o las violaciones de derechos humanos.

En nuestro país, ha imperado la razón de Estado o la defensa de las instituciones como justificación de las acciones de seguridad. Cuando las víctimas o sus familias son incluidas en el discurso pocas veces se incluye su agenda o su participación en las decisiones sobre las política públicas.

 

Víctimas invisibles, víctimas sin derechos

La voz de las víctimas y sus familias suele ser, desafortunadamente, la menos escuchada en los procesos sobre seguridad y justicia. Pensemos en Minerva Bello Guerrero, madre de Everardo Rodríguez, uno de los 43 estudiantes de Ayotzinapa desaparecidos, quien falleció sin haber recuperado a su hijo. O Martha Camacho, quien después de 42 años de su detención y desaparición recibió una disculpa del Estado mexicano el año pasado y sigue a la espera de justicia para su esposo, quien fue víctima de una ejecución extrajudicial. En el evento de disculpa, sostuvo la fotografía de José Manuel Alapizco enmarcada con la leyenda “si yo estoy viva tú nunca estarás muerto”.

En Puebla, la señora Elia Tamayo Montes sigue reclamando la reapertura de las investigaciones por la muerte de su hijo, José Luis Tehuatlie: al inicio de la actual administración reclamó al gobernador Miguel Barbosa y otras autoridades que “no se hagan los ciegos, exijo justicia.” Es imprescindible escuchar a las víctimas.

 

Participación de las víctimas en los sistemas de justicia: algunos antecedentes

Esta condición de ausencia impuesta a las víctimas es parte de un proceso de mayor amplitud. Históricamente, las víctimas fueron desplazadas de los sistemas de justicia. Desde la Modernidad política, el conflicto fue centralizado al considerar que la infracción al delito era una trasgresión no a una víctima sino al Estado, quien era el encargado de administrar justicia mediante el monopolio de la violencia. Será a finales del siglo XX cuando diversos procesos den lugar a la recuperación de las víctimas como sujetos con reconocimiento y participación en los procesos, como auténticas “titulares de derechos”.

Por una parte, la evolución del Derecho Penal Internacional condujo a la regulación de su participación en Tribunales ad-hoc como el de Ruanda y Yugoslavia y en el reconocimiento formal de parte en la adopción del Estatuto de Roma en 1998.

En nuestra región, los casos de violaciones de derechos humanos articularon movimientos que acudieron a los organismos internacionales de protección. De esta forma, el desarrollo jurisprudencial de la Corte Interamericana fue reconociéndolas paulatinamente en la interpretación sobre las reparaciones, sobre todo de graves violaciones, como tortura, desaparición forzada y ejecuciones. A nivel de las Naciones Unidas, en 1985 y 2005 se adoptaron declaraciones sobre los derechos de las víctimas del delito y del abuso del poder, el derecho a interponer recursos y obtener reparaciones.

Finalmente, la adopción de modelos de justicia de corte acusatorio en Latinoamérica influyó en el reconocimiento jurídico de las víctimas como parte en los procesos penales, con participación y legitimidad procesal, independiente de la Fiscalía.

Los procesos jurídicos fueron reflejo de una búsqueda continua por reconocimiento frente a problemáticas ignoradas por los gobiernos: los refugios para mujeres víctimas de violencia, las víctimas de accidentes derivados del consumo del alcohol, de violaciones graves de derechos y terrorismo de Estado, de delitos de alto impacto como el secuestro, entre otras, colocaron en la narrativa pública sus necesidades y su existencia misma. 

 
El reconocimiento de las víctimas en México

Nuestro país suele tener acciones que se colocan en los extremos. Por una parte, México llegó tarde al proceso de transformación de la justicia penal a nivel continental al ser uno de los últimos países en adoptar un modelo de corte acusatorio, vigente para todo el país apenas desde 2016. Paradójicamente, en materia de víctimas, nuestra legislación ha sido reconocida como vanguardista por actores internacionales; pero, al mismo tiempo, un informe del Relator Especial (2018) sobre la situación de los defensores de los derechos humanos con motivo de su visita a México, refirió la falta de reconocimiento de derechos, obstáculos burocráticos y deficiencia en la asistencia jurídica y financiera (p. 4).

A pesar de los avances, las leyes e instituciones no han transformado la cultura institucional ni las prácticas arraigadas en la relación entre el Estado y la ciudadanía. Las instituciones no han sido capaces, hasta ahora, de una escucha activa y de reconocer en las víctimas los “rostros concretos” de las dinámicas de violencia, del abandono institucional, la incapacidad para brindar seguridad, y actualmente, de las víctimas que son resultado de estructuras de corrupción y de redes de “criminalidad fortalecida por el Estado”, definidas por Kai Ambos (2005, p. 45) como el fenómeno de macrocriminalidad.

De esta forma, las personas no solo no encuentran satisfacción, ni diligencia debida, ni responsabilidades y sanciones, sino que en muchas ocasiones son revictimizadas. Se requiere mirar a las víctimas, reconocer su dolor y reivindicar su dignidad.

 

El escenario actual de grave crisis de derechos humanos

México atraviesa por la que es considerada una crisis grave de derechos humanos. En general existe consenso de parte de los organismos internacionales de protección de derechos humanos sobre este diagnóstico. En su última visita a nuestro país, la Comisión Interamericana (2015) constató la grave crisis de derechos humanos que vive México, caracterizada “por una situación extrema de inseguridad y violencia; graves violaciones, en especial desapariciones forzadas, ejecuciones extrajudiciales y tortura; niveles críticos de impunidad y una atención inadecuada e insuficiente a las víctimas y familiares” (p. 32).

Además, señaló que estas violaciones se proyectaban sobre los grupos y sectores sociales más vulnerables: “personas en situación de pobreza, personas migrantes, solicitantes de asilo, refugiados y desplazados internos, mujeres, niños, niñas y adolescentes, defensoras y defensores de derechos humanos, periodistas, pueblos indígenas, personas lesbianas, gay, bisexuales y trans (LGBTI), entre otros” (p. 32).

Por ello, resulta una asignatura pendiente construir desde la realidad antes descrita y considerar que las víctimas hacen sus reclamos desde un contexto. Por ello, hay que situarlas y enmarcarlas en este escenario concreto y específico.

La institucionalidad autoritaria

Desafortunadamente, este escenario crítico, complejo y multicausal de fenómenos victimizantes condujo a que el Alto Comisionado para los Derechos Humanos, Zeid Ra’ad Al Hussein, sostuviera en su informe de visita a México (2015) que por la magnitud, las cifras colocan a nuestro país en un escenario equiparable al de un conflicto armado, y que “muchas desapariciones forzadas, actos de tortura y ejecuciones extrajudiciales presuntamente han sido llevadas a cabo por autoridades federales, estatales y municipales, incluyendo la policía y algunas partes del Ejército, ya sea actuando por sus propios intereses o en colusión con grupos del crimen organizado” (p. 3).

Las instituciones en México fueron construidas en gran medida bajo la lógica de un sistema que las utilizó para garantizar la permanencia de un régimen en apariencia democrático, pero con un ejercicio del poder orientado al control social mediante expresiones autoritarias.

Esto explica por qué las policías no solo son incapaces de asumir el desafío de la seguridad o la investigación del delito, sino, además, que su forma de operación se consolidó por décadas para perseguir la disidencia, detener y procesar para cubrir una cuota o fabricar delitos, ya sea con una intención política o simplemente como una forma de gestión de grupos sociales vulnerables. Es por ello que, hoy día, no hay capacidades institucionales sólidas y legítimas frente a la violencia.

Más aún, no solo es la permanencia de enclaves de operación autoritaria. En gran medida, la crisis actual es responsabilidad de un Estado que en ciertas áreas y niveles se encuentra coludido con estructuras criminales, lo que para Sergio Aguayo (2015) describe la imbricación entre continuidad democrática y violencia criminal como una característica del Estado mexicano.

La ruta compleja de la agenda de seguridad y justicia: elementos mínimos

El escenario descrito es complejo y no se resolverá adoptando modelos sin principio de realidad. Es a las víctimas y a sus familias en México, con las condiciones institucionales descritas y consecuencia de fenómenos multicausales, a las que se debe dar respuesta. A partir de las voces de quienes han sufrido la violencia, desde sus experiencias y necesidades, es posible plantear elementos mínimos a considerar en las reformas anunciadas, que incorporen la perspectiva victimal, de género y de derechos humanos trasversalmente.

Combate a la inseguridad.- La estrategia de militarización ha instalado una lógica belicista y de aniquilamiento en la seguridad. Por ello, el replanteamiento del paradigma debe ser sistémico e implica una concepción humana de la seguridad. Como consecuencia, la Guardia Nacional deberá realizar una transferencia gradual hacia las policías municipales de las funciones de seguridad. Además, la criminalidad compleja debe ser enfrentada en una perspectiva de escala, y coordinación de órdenes de gobierno.

En el ámbito local, el modelo ciudadano y de policía de proximidad social, debe desarrollar estrategias preventivas focalizadas y diversificadas en función de la incidencia delictiva, recuperación de los espacios públicos, mayor política social, intervención en territorios con abordajes de paz, resolución de conflictos y cultura de derechos humanos, para detener y, en un mediano plazo, revertir la magnitud de la violencia.

Rediseños institucionales.- La Comisión Nacional de los Derechos Humanos y la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas se han convertido en instancias que se enfrentan a las personas a las cuales deberían proteger. Ambas instituciones deben recuperar su capacidad de autonomía frente a los poderes del Estado y la injerencia de autoridades, garantizar diligencia y procedimientos sencillos, y descentralizar trámites. Los organismos de protección en los estados y las comisiones ejecutivas locales deben consolidarse y superar el control político al que han sido sometidas y desarrollar funciones deficitarias en la actualidad como la construcción de políticas públicas integrales, la educación en derechos humanos, y la prevención, de la mano de las víctimas y de la sociedad civil. Ambas instituciones requieren cambios orgánicos, revisar los procesos de designación, pero sobre todo recuperar la legitimidad perdida en su trabajo cotidiano.

 

Fortalecimiento de las Fiscalías.- Es necesario consolidar los Planes de Persecución Penal a nivel nacional y estatal, el diseño de una política criminal y el de una política de priorización y de estrategias para focalizar esfuerzos y lograr la judicialización efectiva de determinados fenómenos delincuenciales. La justicia no puede ser simulada ni satisfecha con “verdades históricas” y “falsos culpables”. La investigación, captura y enjuiciamiento deben recuperar condiciones de fiabilidad, técnicas de investigación, análisis de redes y estructuras criminales, así como fiscales y equipos interdisciplinarios especializados en investigación. Pero sobre todo, revertir la impunidad prevaleciente de los fenómenos más graves y apremiantes como la desaparición forzada, la tortura o los feminicidios.

Reforma policial.- El paradigma de control y militarización debe transitar hacia uno de seguridad ciudadana. Esto implica lograr una reforma y la profesionalización de las policías, asegurar los recursos para equipamiento, modernización tecnológica e incremento de la fuerza operativa que deben estar acompañados de mecanismos de supervisión y rendición de cuentas, tanto internos como externos, y controles democráticos de las corporaciones. Cambiar la lógica de relación con la sociedad y el entorno, desmilitarizar la operación policial y la seguridad para vincular a las policías con las comunidades, poniendo énfasis en el plano local y comunitario.

Hay otras demandas particularmente sensibles: las instituciones encargadas de la búsqueda y protección de personas desaparecidas, la investigación de delitos con perspectiva diferenciada y en contexto, como en el caso de los feminicidios, y la operación y funcionalidad de servicios periciales y forenses. En todas ellas, se requiere la construcción de un puente de diálogo con las víctimas si se apuesta al funcionamiento adecuado de las instituciones públicas.

Las autoridades conservan todavía la legitimidad del proceso formal de elección democrática. Mantener esa condición implica que, ante la magnitud y gravedad de los tiempos y la violencia dominante, actúen con responsabilidad de Estado y coloquen a las víctimas en el centro de la actuación del poder político. Las reformas en materia de seguridad y justicia deben ser pensadas y diseñadas desde, para y con las personas, familias y colectivos que han sufrido el impacto de la violencia. Deben garantizar acciones que consigan verdad y justicia, reconozcan su dignidad y transformen las condiciones que cambiaron sus vidas. Es el tiempo de las víctimas y de sus familias. Solo con ellas se podrá recuperar el sentido de un Estado democrático y de derecho.

 

Referencias

 

Aguayo, Sergio. (2015). De Tlatelolco a Ayotzinapa: Las violencias del Estado, México: Ediciones Proceso.

 

Alto Comisionado de la ONU para los Derechos Humanos (2015), Declaración de Zeid Ra’ad Al Hussein con motivo de su visita a México, comunicado.

 

Ambos, Kai. (2005). La parte general del derecho penal internacional: bases para una elaboración dogmática, Uruguay: Fundación Konrad-Adenauer.

 

Comisión Interamericana de Derechos Humanos (2015). Violencia inseguridad y desapariciones en México. Situación de Derechos Humanos en México, OEA/Ser.L/V/II.Doc. 44/15.

 

Consejo de Derechos Humanos (2018). Informe del Relator Especial sobre la situación de los defensores de los derechos humanos relativo a su misión a México, A/HRC/37/51/Add.2.

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